SRI amplía plazos para obligaciones tributarias en provincias afectadas por lluvias
las declaraciones del IVA y Retenciones en la fuente, correspondientes al período fiscal mensual enero de 2025, se podrán presentar hasta abril sin multas, recargos ni intereses.

Debido a la emergencia por época lluviosa, el Servicio de Rentas Internas (SRI),  amplió los plazos para que los contribuyentes con domicilio principal en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena, Loja y Azuay, puedan presentar, de manera excepcional, las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado IVA y Retenciones en la fuente, correspondientes al período fiscal mensual enero de 2025, hasta el mes de abril del mismo año, (sin multas, recargos ni intereses).

Adicionalmente, en la misma resolución se establece que, de manera excepcional, las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y los contribuyentes especiales, cuyo domicilio principal se encuentre en las provincias mencionadas, podrán presentar la declaración del IVA y Retenciones en la fuente, correspondientes a enero de 2025, hasta el mes de abril de 2025, sin multas, recargos ni intereses.

La autoridad tributaria explica que cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.

Los pagos realizados con anterioridad a las fechas establecidas en la presente resolución, por concepto de multas e intereses, no serán objeto de devolución. (I)