La Ley para Enfrentar el Conflicto Armado entró en vigencia
La nueva ley fue publicada hoy en el Registro Oficial. El ISD subirá del 3,5 % al 5 % desde este miércoles 13 de marzo. El IVA pasará al 15 % a partir del próximo 1 de abril.

La Ley para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica acaba de ser publicada en el Registro Oficial este martes 12 de marzo de 2024.  Con la vigencia de esta normativa el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pasará del 12 % a 15 %, a partir del 1 de abril.

Análisis de las modificaciones tributarias que afectan a empresas y personas.

La ley también establece un impuesto a las utilidades de los bancos y cooperativas de ahorro y crédito, correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Si las utilidades fueron por menos de $ 5 millones, la contribución será del 5 %. Si las utilidades son superiores a $ 5 millones hasta $ 10 millones, el impuesto será el 10 %; si son superiores a $ 10 millones hasta $ 50 millones, pagarán el 15 %. Si son superiores a $ 50 millones hasta $ 100 millones, será el 20 % y si son mayores a $ 100 millones, el 25 %.

Otro cambio tributario relevante es el del pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que pasará del 3,5 % al 5 % a partir de mañana miércoles 13 de marzo. Además, el IVA para materiales de construcción bajará al 5 %.

Según el SRI 151 productos tienen 0 % de IVA. 94 de estos son alimentos como: arroz, harina, avena, pan, carne, pollo, huevos, leche, embutidos, atún, queso, aceite, frutas, verduras, legumbres, granos y tubérculos. 

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Además, entre los servicios que no gravan IVA están: arriendo, agua, gas, electricidad, servicios de seguridad, medicinas como analgésicos y antibióticos, consultas médicas, transporte público (buses y taxis), transporte escolar, seguros de salud, seguros de vehículos, servicios judiciales y las pensiones en escuelas, colegios y universidades.

Aquellos productos que están en la canasta básica y tendrán un nuevo IVA serán 21 tipos de alimentos como: galletas, snacks, café soluble, gaseosas, jugos de frutas, refrescos, gelatinas, aliños, mayonesa y salsa de tomate. También tendrán el nuevo IVA bebidas alcohólicas, ropa, zapatos, algunos enseres del hogar (como electrodomésticos), productos de limpieza (jabón, detergente, cloro…), productos de aseo personal (jabones, perfumes, cepillo de dientes, talcos, champú…), productos como celulares y juguetes.

La gasolina Extra y el Diésel son combustibles que gravan IVA aunque tienen precios fijos, que se encuentran subsidiados. Con estos combustibles no habrá variación en el precio de venta.

Marisol Andrade: “El IVA al 15 % generará ingresos permanentes y eso es importante”.

De acuerdo con el INEC también hay 47 servicios con IVA: la preparación de alimentos; los servicios de belleza, como los tratamientos para el cabello, los cortes de pelo y la manicura; los seguros de vivienda y de desgravamen; algunos servicios bancarios y financieros; los cursos de idiomas y de computación; las entradas al cine y para espectáculos como los partidos de fútbol; los servicios de plataformas digitales como Netflix y Spotify; los pasajes de avión, los servicios de telefonía celular e Internet y el lavado en seco de prendas de vestir. Estos pagarán el nuevo IVA.

En otro grupo están los productos que no son parte de la canasta básica, pero están gravados con este impuesto: los vehículos nuevos, los productos de belleza como el maquillaje y el arriendo de locales comerciales. (I)