Contribuyentes ya pueden beneficiarse del Plan Excepcional de Pagos para Impuestos Retenidos o Percibidos
La autoridad tributaria aprobó una resolución para el plan de pagos excepciones para obligaciones contemplada en la Ley de Alivio Financiero. Es una oportunidad para contribuyentes con obligaciones fiscales vencidas hasta el 31 de octubre de 2024, como IVA, ICE y retención en la fuente. Según el SRI, se han presentado 1.380 solicitudes por un monto de US$ 8,8 millones.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) espera alcanzar hasta el 7 de febrero de 2025 los US$ 110 millones en solicitudes de Planes Excepcionales de Pago presentados por los contribuyentes. 
Hasta esa fecha podrán acceder a los planes excepcionales todos los contribuyentes con obligaciones vencidas o en mora de impuestos percibidos y retenidos al 31 de octubre de 2024, tales como IVA, ICE y retenciones en la fuente.
El 10 de enero de 2025, entró en vigor la resolución que emitió el SRI para el plan excepcional de pagos de hasta 12 meses plazo de obligaciones fiscales en mora, tal como establece la Ley Orgánica de Alivio Financiero y el Fortalecimiento de las Generaciones en Ecuador, publicada en el Registro Oficial el 9 de diciembre de 2024. 
Este plan ofrece una solución financiera significativa para quienes buscan regularizar su situación tributaria, señaló el SRI. 
La ley aprobada establece que los sujetos pasivos deberán realizar la solicitud del plan excepcional de pagos, en cuotas mensuales iguales, a excepción de la última cuota que considerará el recálculo por imputaciones y tasas de interés futuras. 
Los datos preliminares del SRI, con corte al 16 de enero de 2025, es que más de 1.380 contribuyentes han aplicado a los planes, que equivalen a 7.550 deudas por un monto de US$ 8,8 millones.
¿Cómo acceder al plan?
Los interesados podrán solicitar un plan excepcional de pagos de hasta 12 meses a través de la página web del SRI, www.sri.gob.ec. 
El proceso requiere que los contribuyentes ingresen con su cédula o RUC y clave, seleccionen la opción Deudas / Plan Excepcional de Pagos y sigan las instrucciones del sistema. 
El SRI notificará de manera electrónica en el buzón de los contribuyentes las respectivas resoluciones de las solicitudes presentadas.
Una vez otorgado el plan excepcional de pagos, se suspende el procedimiento de ejecución coactiva y los plazos de prescripción de la acción de cobro con respecto a las obligaciones contempladas en el plan. 
La resolución del SRI establece que el incumplimiento del pago de una cuota generará la terminación inmediata del plan excepcional de pagos. (I)