Los sitios de pronósticos deportivos que operen en el país tienen que inscribirse en el Servicio de Rentas Internas (SRI), obtener un RUC y cumplir con el pago de los tributos sobre los ingresos percibidos.
El SRI detalló que el Impuesto a la Renta Único para Operadores de pronósticos deportivos entrará en vigencia este lunes 1 de julio de 2024.
En el caso de personas naturales no residentes tendrán que designar un apoderado residente en el país para los efectos derivados de la administración del impuesto, original y copia simple del certificado de residencia fiscal del apoderado residente en el país.
Si el apoderado es una sociedad se deberá adjuntar el nombramiento del representante legal de dicha sociedad. También deberá entregar original y copia del certificado de votación del último proceso electoral del apoderado, en el caso de ser ecuatoriano. También deberá presentar el original y copia simple de una planilla de servicio básico para registrar la dirección en el país. Estos documentos deberán entregarse en las agenciad del SRI a escala nacional.
En el caso de sociedades no residentes en Ecuador deberán designar un apoderado residente en el país, llenar el formulario de inscripción en el RUC en calidad de agente de percepción, en idioma español y firmado por el representante legal. Incluir original y copia del certificado de residencia fiscal del apoderado residente en Ecuador, documento original y copia simple que acrediten la existencia de la sociedad prestadora del servicio digital, con traducción al español; en este papel deben constar el país de residencia de la sociedad, razón social, número de identificación tributaria otorgado en el país de residencia, ciudad, dirección, código postal e información de contacto.
Además tendrán que presentar el original y la copia simple de los documentos que acrediten la designación del apoderado residente en el país del operador de pronósticos deportivos no residente, con traducción al idioma español. Si se trata de una sociedad, se tendrá que adjuntar también el nombramiento del representante legal de dicha sociedad.
Se requiere también original y copia simple del documento de identidad del apoderado residente en el país o de quien haga sus veces (cédula para ecuatorianos o pasaporte en el caso de extranjeros) en las que se pueda visualizar el nombre completo, foto y firma. En caso de ser ecuatoriano el apoderado, deberá presentar original y copia simple del certificado de votación del último proceso electoral.
Todos los documentos deben presentarse en las agencias del Servicio de Rentas Internas. También estará disponible la actualización, suspensión y cancelación del registro. (I)