El Servicio de Rentas Internas (SRI ) informa que hasta febrero de 2025, conforme el noveno dígito de la cédula o RUC, deben presentar el Anexo de Gastos Personales del período fiscal 2024 las personas naturales que, en 2024, tuvieron ingresos superiores a US$ 11.902 e hicieron uso de sus gastos personales para rebajar el Impuesto a la Renta.
Para el período fiscal 2024 se considerará como monto máximo para la rebaja de gastos personales el valor menor obtenido entre los gastos personales declarados por el beneficiario y el valor de la canasta familiar básica (CFB), la cual se establece en función del número de cargas familiares, conforme el siguiente detalle:
Los gastos personales para considerar en el anexo pueden ser por concepto de educación, alimentación, vestimenta y salud (incluyendo los gastos de mascotas), así como vivienda, turismo, arte y cultura.
El SRI explica que se consideran cargas familiares a los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que dependan totalmente del contribuyente y que no tengan ingresos gravados superiores a US$ 460.
La autoridad tributaria añade que para reportar las cargas familiares, el sujeto obligado debe ingresar al portal transaccional SRI en línea, a la opción Anexos / Anexo de gastos personales en línea / Registro de cargas familiares para períodos a partir de 2023.
El SRI también recuerda a la ciudadanía que las personas naturales, tanto bajo relación de dependencia, como los trabajadores independientes que tuvieron ingresos superiores a USD 11.902 durante 2024 están obligadas a declarar Impuesto a la Renta en marzo de 2025.
Los plazos para la presentación del Anexo de Gastos Personales del Impuesto a la Renta van según el noveno dígito de la cédula o del RUC.
Noveno dígito de la cédula o RUC Vencimiento del plazo
1 10 de febrero
2 12 de febrero
3 14 de febrero
4 17 de febrero
5 18 de febrero
6 20 de febrero
7 24 de febrero
8 24 de febrero
9 26 de febrero
0 28 de febrero. (I)