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¿En qué medida son -o han sido- representativos los legisladores y asambleístas del Ecuador? ¿Obran según un mandato específico, expresan lo que los votantes pensaron al elegirles? ¿Las leyes que producen son legítimas, o son solo formalmente válidas?

14 Diciembre de 2022 15.15

¿En qué medida son –o han sido- representativos los legisladores y asambleístas del Ecuador? ¿Obran según un mandato específico, expresan lo que los votantes pensaron al elegirles? ¿Las leyes que producen son legítimas, o son solo formalmente válidas? Estas preguntas surgen cada vez que una crisis pone en evidencia la gran distancia que hay entre los rituales,  los discursos y las crudas realidades políticas. Ese es uno de los problemas más serios del régimen democrático del país. 

I.- Mandato vinculado a la voluntad del votante o potestad discrecional del legislador.-  El problema está en saber, y en admitir o no, si los asambleístas, por el hecho de las elecciones, quedan investidos de poderes absolutos e independientes para legislar; si pueden “hacer leyes a la libre”; si pueden obrar conforme a un “proyecto” que nunca se votó, o de acuerdo con  sus intereses, o si deben mantener firme lealtad y coherencia con el mandato de sus votantes. La verdad es que al poco tiempo de ejercer la potestad legislativa, los mandatarios de la voluntad popular son casi irreconocibles por sus electores. La distancia que se crea entre el pueblo y los legisladores es factor determinante de la poca aceptación que, desde siempre, han tenido las asambleas y congresos.  Si se admite la tesis del “absolutismo legislativo”, deberíamos repensar el concepto de democracia representativa, y habría entonces que hablar solamente de “régimen electoral”, porque el papel del ciudadano se agotaría el día de las elecciones y, de allí en adelante, quienes ejercen el poder se independizarían de su fuente y actuarían sin conexión alguna con ella. La pregunta es si, en ese supuesto, sobrevive la legitimidad del poder. Si eso es democracia.

II.- La mitad más uno, ¿un dogma que permite descubrir la verdad?.-      Siempre me ha parecido que la democracia como forma de gobierno  y teoría de justificación del poder tiene  méritos incuestionables, pero adolece  de un riesgo esencial: que  la “voluntad general” termine convertida en un sistema de dictadura de mayorías y de sorteo de la felicidad pública. Ese riesgo alcanza su mayor tensión cuando se asigna a las asambleas potestades absolutas sobre todos los ámbitos de la vida de las personas, y cuando se cree –erróneamente- que las mayorías no son solamente un método inevitable, y con frecuencia imperfecto, para tomar decisiones, sino que, además,  se les atribuye, la “virtud” de descubrir la verdad política, la ética, o la razón jurídica. Esto proviene de la pretensión dogmática  de que la democracia no sea solamente un método político -que eso es- sino una religión y una ciencia, o una piedra filosofal, lo que definitivamente no es.

La “mitad más uno”, o las dos terceras partes, no es un sistema para descubrir la verdad, ni siquiera una forma de establecer la justicia. La mayoría no es dios ni es la  varita mágica para encontrar la felicidad. Es, simplemente, la suma de voluntades individuales concurrentes sobre un asunto coyuntural determinado, susceptible de acierto o error, de pasiones o desinformación. La democracia encontró en la mitad más uno la pragmática solución para  zanjar  discrepancias, adoptar decisiones y elegir mandatarios. Ni la ciencia política ni la imaginación han podido, hasta ahora, encontrar un método sustitutivo, que elimine ese sabor de imposición que tiene el método de las mayorías. Se han encontrado, sin embargo, “recursos de racionalidad política”, que exigen mucha inteligencia y bastante generosidad de los dueños de poder.

III.- La racionalidad de los consensos.- Uno de esos recursos de racionalidad política tiene que ver con de los grandes acuerdos nacionales, que marcan la ruta de un país, y consideran y, de alguna manera, concilian lo que las mayorías electorales y las minorías piensan. Esos acuerdos, usuales en los países maduros, canalizan los conflictos, encausan las decisiones  y hacen posible el milagro de que “todos” se sientan de algún modo representados por el poder.  Ejemplos son los Pactos de la Moncloa de la España de la transición y lo que fue la concertación chilena. 

La concertación contribuye a crear el sentimiento, y la convicción, de la representación amplia y legítima de todos los ciudadanos. Al contrario, el asambleísmo de mayorías absolutas, impenetrables y excluyentes, genera la larvada enemistad de las minorías, que, entonces, viven agazapadas esperando la oportunidad para derribar el sistema y cobrarse la cuenta. O genera el descontento de los afectados por las leyes impuestas desde el poder, lo que en último término provoca lo que hemos visto en los últimos tiempos: la incertidumbre y la caducidad institucional. La democracia moderna no es un “sistema de dominación” por el método de la mitad más uno, ni de  intimidación al adversario. Es un régimen de representación por la vía de los acuerdos incluyentes, de confianza básica y  la tolerancia indispensable. De transparencia absoluta. Es un sistema de diálogo, de percepción de la realidad, de apreciar con sensatez el ritmo de la sociedad que vive usualmente lejos de los planes de los políticos.

IV.- La opacidad y la corrupción.- Un régimen republicano requiere, como condiciones sustanciales, la transparencia de sus dirigentes, la funcionalidad de las instituciones, la honradez y la tolerancia. La corrupción, la negación del derecho de los demás y la existencia de organizaciones políticas inútiles para atender a las necesidades sociales, son las lápidas de la democracia. Si la Asamblea no atiende las exigencias sociales, si bloquea  la representación ciudadana,  y si consagra un régimen jurídico artificioso, inoperante, ficticio,  confirmará que es un instrumento inútil. (O)

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