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Poco antes de Navidad, la Corte IDH notificó la sentencia que había sido adoptada el 24 de noviembre, en la cual declara la “responsabilidad internacional” del Estado ecuatoriano por las violaciones a los derechos del periodista Emilio Palacio Urrutia y de los directivos Nicolás Pérez Lapentti, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Eduardo Pérez Barriga.

5 Enero de 2022 15.01

La indignación que tuvimos y las protestas que elevamos todos los amantes de la libertad y la civilidad cuando unos jueces de pacotilla dictaron las dos sentencias de 2011 en contra de Emilio Palacio y de los directivos del diario El Universo como “autores coadyuvantes” del supuesto delito de “injurias calumniosas graves contra la autoridad” por el artículo “No a las mentiras”, publicado por Palacio, se ha visto recompensada por la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que deja sin efecto las sentencias de 2011 y dicta medidas de compensación a favor de quienes fueron injustamente condenados. Los bienes superiores de la justicia y la libertad, destrozados por el correato, han quedado, al menos en este caso, reparados.

En efecto, poco antes de Navidad, la Corte IDH notificó la sentencia que había sido adoptada el 24 de noviembre, en la cual declara la “responsabilidad internacional” del Estado ecuatoriano por las violaciones a los derechos del periodista Emilio Palacio Urrutia y de los directivos Nicolás Pérez Lapentti, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Eduardo Pérez Barriga. Además, dispone una serie de medidas de reparación integral a su favor. La sentencia ecuatoriana fue absurda y exorbitante: tres años de cárcel para Palacio, 40 millones para Correa y las costas judiciales, total 42 millones de dólares. Recuérdese que, según el juez, esa demanda no era para que Correa se enriqueciese sino “una justa valoración del daño emergente y lucro cesante ocasionados en su honor y su buena fama”.

La Corte concluyó que la columna de Palacio, publicada el 6 de febrero de 2011, que versó sobre los hechos ocurridos el 30 de septiembre de 2010, constituyó un “artículo de opinión que se refirió a un asunto de interés público, por lo que gozaba de una protección especial en atención a su importancia en el debate democrático”. Al condenar a Palacio por su opinión, el Estado ecuatoriano violó el derecho a la libertad de expresión.

Como sabemos, el odio visceral que Correa albergó contra Palacio tras ese artículo hizo que este se viera obligado a salir del país, renunciara a su trabajo y obtuviera medios de vida en Miami. La Corte Interamericana dice que ello configura otras violaciones de derechos: el de circulación, el de residencia, el de estabilidad laboral. También se violó, y lo dice la sentencia, el derecho a ser juzgados por un juez o tribunal independiente e imparcial y su derecho de defensa en el marco de un proceso judicial efectivo. En el juicio “se generó un estado de indefensión” y “se vulneró el derecho a la defensa de los procesados”. 

Al conocer la sentencia, el responsable de todo esto, Rafael Correa, exteriorizó su frustración por su canal preferido, Twitter, echando la culpa al Procurador General del Estado, Dr. Íñigo Salvador por haberse allanado. Lo que hizo Salvador es lo que la justicia y la verdad demandaban: reconocer la responsabilidad del Estado por la violación a los derechos al principio de legalidad y no retroactividad, y a las garantías judiciales y la protección judicial. El único responsable es Correa, porque, con su voluntad omnímoda y su estilo atrabiliario, impulsó aquel juicio y sus sentencias. Nadie puede olvidar la indignidad de los jueces, todos ellos temporales, que hicieron lo que se les ordenó desde el poder. Entre ellos Juan Paredes, quien fue posesionado y en 13 horas dictó la sentencia de 156 páginas, pretendiendo hacer creer que en ese corto lapso había leído todo el expediente, se había formado un juicio acertado y había redactado toda la sentencia. La Corte IDH comprobó y, así lo dice en su fallo, que “la sentencia de primera instancia no fue creada en el equipo informático del juzgado correspondiente, sino que provino de un equipo externo”. Todos sabemos que el nombre de usuario de ese equipo externo era Chucky Seven; que la sentencia se la dieron hecha a este indigno juez, el cual, por cierto, aún está en la carrera judicial, desempeñando funciones. ¿Qué va a hacer al respecto el Consejo de la Judicatura?

El Procurador Salvador no se demoró ni 24 horas en indicar que impulsará la repetición, es decir que, aunque el Estado pague a las víctimas los 400 mil dólares de reparación que ordenó la Corte IDH en su sentencia, el Estado cobrará ese monto a los culpables. Es lo mínimo que puede hacerse después de tanta indignidad y abuso del poder. (O)

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