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justicia o venganza
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En su proyección racional, la justicia va más lejos que la sola aplicación de la ley. Es una avenencia y armonía entre la norma como enunciado y las particularidades sobre las cuales va, o entra, a regir. Cualquier adaptación que en esencia represente injusticia es inmoral y la desmerece.

24 Abril de 2024 15.36

Hacemos referencia a personajes de la mitología griega aludidos por Esquilo, trágico heleno nacido en Eleusis (525 a. C.) y fallecido en Sicilia (456 a. C.). Las Euménides es la última de su trilogía, La Orestíada, complementaria de las anteriores, Agamenón y Las Coéforas. Discordante o cínicamente, el término proviene del griego “eumenes”, traducido “benévolo” o “de buen carácter”. Es llevada por primera vez a escena en el Festival Dionysias, en 458 a. C. El autor es considerado el más conspicuo representante de la tragedia griega, de hecho fundador de esta. Compone con Sófocles y Eurípides el trío de insignes dramaturgos de la antigua Grecia. Esquilo es además recordado por Las suplicantes y Los siete contra Tebas; en cuanto a Prometeo encadenado, no existe certeza de su autoría. Al margen del aporte dramático de Esquilo, interesa destacar el mensaje filosófico que entraña el quehacer de los protagonistas de Las Euménides, en torno a la justicia y al resarcimiento de daños. 

Erinias o Furias son nombres con que se conoce también a las Euménides… hermanas Alecto, la implacable; Megera, la celosa; y Tisifone, la vengadora. Son hijas de Gea – la Tierra, y Urano – el Cielo. Según la saga, nacieron de la sangre esparcida con ocasión de la emasculación de Urano por su hijo Cromos. El relato gira alrededor de las Furias, acosadoras de Orestes por haber matado a su madre Clitemnestra, quien a su vez dio muerte al padre, Agamenón. Representan al castigo y a la venganza, esta como escarmiento de facto. Las describe Esquilo como mujeres espantosas y perturbadoras, sus cabellos son serpientes, visten de negro y portan teas para aterrar a los criminales.

En su rol de vengadoras las Erinias enfrentan al fallo legítimo y justo de Atenea, diosa de la sabiduría, quien ante el empate del tribunal – el Areópago – juzgador de Orestes emite voto dirimente y lo declara inocente. Para ello razona en la necesidad de ponderar siempre las circunstancias, y jamás castigar un crimen con otro. El dilema nace del equilibrio que la justicia está llamada a buscar y encontrar. No se trata exclusivamente de moderar la pena con el delito, pero de prestar atención a las causas que llevaron al cometimiento de la transgresión. De allí nace el concepto de “justicia distributiva”. El Diccionario de Derecho Usual de G. Cabanellas la conceptúa como aquella que premia o castiga, con igualdad de criterio, según el mérito o desmérito de las personas.

En el contexto de la democracia griega, el teatro es un medio de transmisión de principios y valores. Conlleva mensajes de carácter filosófico. Son llamados a meditar por encima de apariencias, en orden a obligar al hombre a tomar conciencia de las responsabilidades de sus actos y omisiones, que comprometen al prójimo a reaccionar en similares términos. Alegar un derecho sin observar la obligación propia quebrantada es de impúdicos.

La venganza “euménida” desatada por las Furias conforma una respuesta entendible, que no justificada, al agravio que los ofendidos consideran no reparado. La satisfacción que produce la revancha es metafísica, originada en la indebida diligencia del orden legal punitivo establecido. Por ende, cuando este fracasa en su cometido sancionador desata todo un proceso de caos social que “exhorta” a tomar la justicia por mano propia. Para evitar el indebido desenlace, el cuidado de la norma debe confiárselo a jueces probos, honestos y honorables. Igual están convocados a observar el canon quienes sin ser corregidores del sistema, sí que se encuentran compelidos, al menos por decencia, a no resquebrajarlo.

El talión, filosóficamente, puede ser evitado cuando todos los agentes sociales respetamos de modo irrestricto a nosotros mismos y a los demás. En el Levítico leemos: “El que hiriere a alguno de sus conciudadanos, como hizo, así se hará con él (…) Quebradura por quebradura (…) Cual fuere el mal que hubiere hecho, tal se le obligará a sufrir”. Para la paz ciudadana es insuficiente la existencia de preceptos legales reguladores de las conductas humanas, pues el hombre puede actuar a la vera de esos mandatos. Su complemento es la disposición efectiva a respetar la ley. Las garantía y seguridad jurídicas no están dadas, solo, por el esquema sustantivo pero por la adaptación de este a casos concretos.

En su proyección racional, la justicia va más lejos que la sola aplicación de la ley. Es una avenencia y armonía entre la norma como enunciado y las particularidades sobre las cuales va, o entra, a regir. Cualquier adaptación que en esencia represente injusticia es inmoral y la desmerece. Ello es propio de seres corruptos carentes de sindéresis, entendida según la RAE como la capacidad natural para juzgar rectamente.  (O)

 

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