Indoctrinación radical
La Orden cita ambientes que operan como una cámara de eco, en la que los estudiantes se ven obligados a aceptar ideologías radicales sin cuestionamiento o examen crítico. Prevé el caso de niños obligados a cuestionar si nacieron en el cuerpo equivocado, y ven a sus padres y realidad como enemigos a los que culpar.

Hemos analizado la reciente Orden Ejecutiva - Fin de la Indoctrinación Radical en la Educación K-12 (traducción literal del título), emitida por el presidente de los Estados Unidos. "Educación K-12" comprende los doce años de instrucción primaria y secundaria del régimen educativo estadounidense. A continuación una sinopsis de su contenido. Al margen de concordar o no con el mismo, sí que contiene pronunciamientos rescatables, con los cuales compartimos. En particular cuando se ha radicalizado el tratamiento de las diversidades, de la igualdad, de la inclusión y de las heterogeneidades. Estas han sido manipuladas por partes interesadas que violentan la ética, que no decir el sentido común.

La Orden cita ambientes que operan como una cámara de eco, en la que los estudiantes se ven obligados a aceptar ideologías radicales sin cuestionamiento o examen crítico. Prevé el caso de niños obligados a cuestionar si nacieron en el cuerpo equivocado, y ven a sus padres y realidad como enemigos a los que culpar. Afirma que estas prácticas, al tiempo de erosionar el pensamiento crítico, siembran división, confusión y desconfianza, lo cual socava los fundamentos de la identidad personal y la unidad familiar. Alude, ejemplificativamente, a situaciones que dirigen a los estudiantes hacia la mutilación quirúrgica y química de sus miembros, o permiten el acceso masculino a espacios privados designados para mujeres.

Te puede gustar: Esclavitud en el Ecuador "moderno"

Lo expuesto, en nuestra opinión, es una penosa y vergonzosa verdad para rectificar, so pena de que la sociedad siga perdiendo su norte. Estos extremos antinaturales identificados en la sociedad estadounidense pueden apreciarse en muchos otros países, incluido el Ecuador, con perniciosos efectos para nuestros niños. No es cuestión de credos ni de ideologías, pero de "common sense".

Define a la "Ideología de equidad discriminatoria": aquella que trata a las personas como miembros de grupos preferidos o desfavorecidos, en lugar de como individuos, lo cual minimiza el mérito y la capacidad en favor de generalizaciones inmorales. Incluye que: (a) Los titulares de una raza, color, sexo u origen nacional -en adelante, convencionalmente, diversidad- son moral o connaturalmente superiores a aquellos de otra diversidad. (b) Un sujeto, en función de su diversidad, es en esencia racista, sexista u opresivo. (c) El carácter moral o el estatus de una persona como privilegiada, opresora u oprimida está determinado por su diversidad. (d) Los miembros de una diversidad no pueden y no deberían intentar tratar a otros sin considerar su diversidad. (e) Un individuo, con base en su diversidad, deba ser discriminado o recibir un trato adverso para lograr equidad o inclusión. Afirma que bajo tal ideología virtudes como el mérito, la excelencia, el trabajo, la justicia, la neutralidad y la objetividad, son racistas o sexistas o fueron creados por integrantes de una diversidad para oprimir a participantes de otra diversidad.

Menciona también a la "Transición social"... proceso de adoptar una "identidad de género" o "marcador de género" que difiere del sexo de una persona. Este sumario, conforme la Orden, puede incluir modificar el nombre de una persona -entendemos con el propósito de asignarle un género distinto del suyo legal-; llamar a un niño "no binario"; el uso de instalaciones y alojamientos íntimos como baños o vestuarios designados para personas del sexo opuesto; y participar en competencias deportivas escolares u otras actividades extracurriculares designadas para personas del sexo opuesto.

En cuanto a las enunciadas Ideología y Transición, la Orden dispone medidas a implementar con el objetivo de poner coto a la indoctrinación. Así, ordena el control del uso de fondos gubernamentales para apoyar o subsidiar el avance o la promoción de la ideología de género o aquella de equidad discriminatoria. Al efecto, la norma prevé la revisión de los planes de estudios, instrucción, programas o actividades del régimen K-12. Especial mención hace del derecho de los padres de un menor a acceder a la información sobre los citados planes, registros, encuestas y otros asuntos de su incumbencia en defensa de los derechos de sus hijos... como debe de ser.

No te pierdas este artículo: El género según la Corte Constitucional

Habrá sujetos y sectores sociales en desacuerdo con la Orden. Sin embargo, solo necios podrán objetar que la Orden garantiza el derecho de los niños a no ser contaminados con ideologías dañinas para su desenvolvimiento intelectual y físico. Una vez que la persona alcance la suficiente madurez para adoptar decisiones sobre diversidades que afectan a su mente y cuerpo, que lo haga, pues es su respetable prerrogativa. Por el contrario, definitivamente es censurable y riñe con la razón cualquier pronunciamiento que ponga en peligro el sano desarrollo de nuestros niños. No permitamos que novelerías como el reciente fallo de la Corte Constitucional del Ecuador respecto de un niño que alega ser niña, distorsione las realidades. (O)